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RESIDUOS DE APARATOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS

Fecha: 17 de Abril de 2024

Concepto según normativa

Los  aparatos eléctricos y electrónicos son aquellos que para funcionar debidamente necesitan corriente eléctrica o campos electromagnéticos así como los aparatos necesarios para generar, transmitir y medir tales corrientes y campos, que están destinados a utilizarse con una tensión nominal no superior a 1.000 voltios en corriente alterna y 1.500 en corriente continua. Definición del RD 110/2015.

Los residuos que genera corresponden a sus componentes, subconjuntos y consumibles en el momento de desecho. Estos residuos se conocen bajo las siglas RAEE.

La normativa actual pretende la reducción de eliminación en vertedero y de la peligrosidad de sus componentes mediante la recogida selectiva ya que son una fuente de contaminación por sus materiales y componentes peligrosos.

Actualmente están clasificados en 10 categorías:

  • Grandes electrodomésticos;
  • Pequeños electrodomésticos;
  • Equipos de informática y telecomunicaciones;
  • Aparatos electrónicos de consumo;
  • Aparatos de alumbrado;
  • Herramientas eléctricas o electrónicas;
  • Juguetes y equipos deportivos;
  • Aparatos médicos;
  • Instrumentos de vigilancia o control;
  • Máquinas expendedoras.

En España se ha constituido en 2014 la FUNDACIÓN ECOLEC, sin ánimo de lucro, cuyo objetivo es financiar de forma eficiente la recogida, tratamiento, valorización y eliminación de los RAEE.

ECOLEC tiene las certificaciones ISO 9001 e ISO 14001 y recientemente ha solicitado la autorización para adecuarse al RD 110/2015 como futuro Sistema  Colectivo de responsabilidad Ampliada del Productor.

Según datos de esta entidad, en España se han gestionado 81.936 toneladas  de RAEE en 2015, un 24% más que en 2014.

  • SUBVENCION SEKUENS 2023
  • Subvencion a traves de IDEPA

Acceso al Modo Gestin