Fecha: 14 de Julio de 2018
Figura del
Las empresas potencialmente contaminantes tendrán que designar un representante ambiental, con conocimientos y cualificación profesional, que esté siempre localizable para las administraciones y asignar un sustituto en caso de ausencia.
El cometido del responsable es la interlocución con el Principado para facilitar todos los datos requeridos por los inspectores y permitir el acceso a las instalaciones.
Será aplicable a todas las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 21/1992, de 16 de julio, que estén inscritas en el registro integrado industrial y que desarrollen actividades potencialmente contaminantes que deban operar bajo alguna de las autorizaciones o comunicaciones ambientales por el órgano competente.
Este es solo uno de los aspectos que recoge el decreto de Protección y Control Ambiental Industrial que la Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente ha sacado a información pública.
Uno de los aspectos más interesantes es que regula cómo actuar en caso de accidentes o de condiciones anómalas. El titular de la empresa que sufra algún percance potencialmente contaminante deberá informar a la Administración asturiana. Si además existe algún accidente o emergencia asociada también tendrá llamar al Servicio de Emergencias del Principado de Asturias (Sepa).
Dedica un capítulo expresa a cómo actuar en los casos de accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas y qué información se debe transmitir al Sepa. El listado incluye desde las circunstancias que han concurrido para que se produzca el accidente a las sustancias peligrosas y las cantidades implicadas, los datos disponibles para evaluar los efectos directos e indirectos a corto, medio y largo plazo, en la salud humana, los bienes y el medio ambiente, las medidas de emergencia interior adoptadas o las alternativas de apoyo exterior necesarias para el control del accidente y la atención a las personas afectadas.
También se establece una regulación para las entidades de inspección y laboratorios acreditados similar a la existente en seguridad industrial, de forma que la Administración pueda supervisar e inspeccionar la labor de estas entidades. Para ello se crea la figura del Organismo de Control Ambiental (OCA).