Fecha: 20 de Febrero de 2025
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La Formación sobre los riesgos derivados del puesto y sobre las medidas de prevención a adoptar, es una obligación para la empresa y para el trabajador/a según se establece en el artículo 19 de la Ley de prevención de riesgos laborales.
El objetivo es aseguras los conocimientos básicos de los trabajadores en el desempeño de su actividad laboral de forma segura.
La obligación de la formación conveniente existe tanto en el instante de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de esta, como cuando se generen cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.
Dicha formación en prevención habrá de estar centrada particularmente en el puesto o tarea de cada trabajador, aplicándose a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, en caso necesario.