Almacenamos o accedemos a información en un dispositivo, tales como cookies, y procesamos datos personales, tales como identificadores únicos e información estándar enviada por un dispositivo, para anuncios y contenido personalizados, medición de anuncios y del contenido e información sobre el público, así como para desarrollar y mejorar productos.
Con su permiso, podemos utilizar datos de localización geográfica precisa e identificación mediante las características de dispositivos. Puede hacer clic para otorgarnos su consentimiento a nosotros para que llevemos a cabo el procesamiento previamente descrito. De forma alternativa, puede acceder a información más detallada y cambiar sus preferencias antes de otorgar o negar su consentimiento. Tenga en cuenta que algún procesamiento de sus datos personales puede no requerir de su consentimiento, pero usted tiene el derecho de rechazar tal procesamiento. Sus preferencias se aplicarán en toda la web. Más información.

Reducir
Te llamamos
Indica tu número de teléfono y nos pondremos en contacto contigo con la mayor brevedad que nos sea posible.

REGISTRO DE CLIENTES EN LOCALES Y ESTABLECIMIENTOS

Fecha: 03 de Agosto de 2020

PROTECCIÓN DE DATOS

Ante la proliferación de publicaciones en los distintos Boletines Oficiales así como diversas informaciones sobre la recomendación u obligación de obtener un registro de los clientes por parte de los locales o establecimientos, las recomendaciones de la Agencia Española de Protección de Datos así como del Comité Europeo de Protección de Datos:

 -       Únicamente se podrá recoger un dato de contacto (preferiblemente el teléfono) de cada cliente o responsable de la unidad familiar.

 -       NO se debe recoger el nombre, apellidos, ni mucho menos el DNI de ningún cliente ya que no tendría ningún tipo de utilidad ni tratamiento y sería totalmente desproporcionado.

 De esta forma se dará cumplimiento al principio de anonimización de los datos del titular del teléfono así como de minimización de datos (obteniendo sólo el dato estrictamente necesario) y deberá ajustarse únicamente a la finalidad del tratamiento, que no será otra que localizar posibles contactos en caso de que se produzca un eventual positivo en esta situación y coyuntura concreta y en un plazo limitado a 30 días desde su obtención.

Una fórmula válida es indicar un número de teléfono en el que cada cliente o responsable de la unidad familiar pueda realizar una llamada perdida, originando un registro de las llamadas no atendidas del teléfono de manera que se pueda conocer únicamente el dato del teléfono así como el día y la hora en la que se produjo para que pueda ser perfectamente localizable en caso de un posible brote en ese intervalo de tiempo.

 De esta manera podremos colaborar con las Autoridades Sanitarias y daremos perfecto cumplimiento a la normativa de Protección de Datos en vigor.

Para más información puedes acceder al siguiente informe de la AEPD: https://www.aepd.es/es/prensa-y-comunicacion/notas-de-prensa/comunicado-sobre-la-recogida-de-datos-personales-por-parte-de-los-establecimientos

  • Subvencion a traves de IDEPA
  • SUBVENCION SEKUENS 2023

Acceso al Modo Gestin