Fecha: 28 de Junio de 2018
Instalaciones industriales obligadas
La aplicación del Reglamento define en el Capítulo I, artículo 2 el ámbito de aplicación en las instalaciones industriales.
Definen estos establecimientos como:
“ Se consideran industrias, a los efectos de la presente Ley, las actividades dirigidas a la obtención, reparación, mantenimiento, transformación o reutilización de productos industriales, el envasado y embalaje, así como el aprovechamiento, recuperación y eliminación de residuos o subproductos, cualquiera que sea la naturaleza de los recursos y procesos técnicos utilizados".